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Seis aspectos que debes conocer para sacar rendimiento a tu calefacción

Temas: Soluciones de eficiencia energetica

1. ¿Desde qué fecha es obligatorio instalar los dispositivos para medir los consumos de calefacción?

Depende de la zona climática en la que se localice el bloque residencial y el número de viviendas que tenga, más o menos de 20.

El Real Decreto establece que al menos 15 meses antes de las fechas para su instalación, según la zona climática, las comunidades de vecinos deben solicitar los presupuestos.

Por ejemplo, en Madrid capital, que se encuentra en la zona D, las comunidades deben tener instalados los repartidores de calefacción antes de octubre de 2022 (en edificios de 20 o más viviendas) y antes de marzo de 2023 (con menos de 20 viviendas). En consecuencia, tendrían que haber solicitado los presupuestos antes del 1 de julio de 2021 para edificios de 20 o más viviendas y antes del 1 de diciembre de 2021 para edificios de menos de 20 viviendas.

2. ¿Qué tipo de aparatos tengo que instalar y por qué?

Para evitar el derroche energético en los edificios, en línea con el compromiso ambiental de la Agenda 2030, Europa exige la individualización de los consumos de energía, incluidos el de la calefacción.

Para medir el consumo de calefacción que cada vecino realiza en su hogar, y pagar solo por lo que se consume, es necesario instalar un contador de energía en la vivienda. Si no se puede instalar, porque técnicamente no es viable, se colocarán repartidores de costes de calefacción en cada radiador, siempre que sea rentable su instalación.

Por ello, antes de proceder a la instalación de cualquier dispositivo de medición se debe comprobar su viabilidad técnica y/o económica, solicitando a la empresa mantenedora/instaladora un estudio, que será gratuito.

Adicionalmente a la colocación de repartidores de costes de calefacción en cada radiador, es muy recomendable instalar válvulas termostáticas para regular la temperatura de cada estancia, aunque esta instalación no será obligatoria por normativa, sino opcional.

3. ¿Cómo debe ser la instalación?

La instalación de repartidores de costes de calefacción en radiadores debe realizarse por empresas instaladoras homologadas, para tal fin. Exija siempre la certificación de instalador homologado al operario que vaya a realizar la instalación.

Son de fácil instalación, no requieren obra, y puede realizarse incluso en invierno.

4. ¿Cómo se reparten los gastos entre los vecinos?

El Real Decreto establece que entre el 60% y el 75% de la tarifa se asigne a los costes variables (se pagan según el consumo que de la calefacción hace cada vecino) y entre el 40% y el 25% se destine a los costes fijos (según el coeficiente de propiedad que tiene cada piso).

5. ¿Qué ocurre con aquellos vecinos que no permiten la instalación de los repartidores?

Según la normativa, se les facturará el máximo consumo que se registre en la comunidad de vecinos.

6. ¿Existe algún tipo de exención?

Las zonas climáticas A y B, que corresponden al litoral mediterráneo y las islas, están exentas. También cuando la instalación de calefacción sea por monotubos en serie, o ventiloconvectores o aerotermos.