¿Es obligatorio instalar contadores de agua?
Sí, es obligatorio en el caso de contadores de agua caliente en edificios dotados de calderas de agua caliente o calefacción centrales. Desde la publicación del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios), RD 1027/2007, todos los edificios construidos a partir de 2007 o que han sufrido modificaciones relevantes en su instalación de calefacción (p.e. cambio de caldera, paso de carbón a gas natural, etc.) deben tener contadores de agua caliente sanitaria (ACS) instalados que permitan que cada vecino pague el agua en función de su consumo real medido.
Además El Gobierno ha publicado la Orden Ministerial ICT/155/2020, de 7 de febrero, que obliga a la sustitución de todos los contadores de agua con más de 12 años cuyo destino sea la contabilización del agua fría o caliente para uso residencial y comercial.
Esta medida, que ya se aplica en otros países de la Unión Europea como Alemania, facilitará el control del gasto y reducirá los posibles errores de medición en unos aparatos que normalmente tienen una vida útil de cinco o seis años. Como novedad, esta norma establece que los contadores de agua que se estropeen, deberán ser sustituidos por otros nuevos, no siendo posible su reparación.
La aprobación y puesta en marcha de esta Orden Ministerial facilita la modernización de los equipos de medición, mejorando las lecturas y la adopción de medidas que permitan el ahorro energético. La sustitución de los equipos de medición permitirá ahorros del 15% al año en la factura del agua.
¿Cómo le ayuda ista a cumplir con la nueva ley?
Si un propietario de una vivienda es además el propietario de su contador divisionario, será el responsable de cumplir con esta obligación, para la que hay un periodo de adaptación de cinco años, aunque también puede delegar esta responsabilidad en un gestor.
Para ello, lo más sencillo es simplemente instalar el nuevo contador en alquiler, con lo que el propietario no tiene que realizar inversión alguna, tendrá un nuevo contador instalado en su vivienda, y no deberá preocuparse más por sus sustitución o por la posible gestión burocrática que esto conlleva. ista puede hacer todo esto por Vd.
Multas de hasta 5.000 euros por no sustituir los contadores
El incumplimiento de estas obligaciones podría acarrear multas de hasta 5.000 euros, tal como establece la Ley de Metrología de 2014.
Para su aplicación en todo el territorio nacional, el Gobierno central dará un plazo de cinco años, al término de los cuales se habrán tenido que sustituir todos los equipos.